El despacho Bernad Abogados ha obtenido una importante victoria judicial tras lograr que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, con sede en Cáceres, estime su recurso y anule parcialmente un inventario municipal de bienes y derechos en lo relativo a la inclusión de un camino público.
La decisión se recoge en la sentencia nº 155/2026, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura. El tribunal ha considerado que la inclusión de dicho camino en el inventario municipal adolecía de un defecto formal relevante en su tramitación, lo que impide mantener su validez jurídica.
Un defecto formal determinante
El litigio se centraba en la incorporación de un camino al inventario de bienes del ayuntamiento correspondiente. El equipo jurídico de Bernad Abogados sostuvo que el procedimiento administrativo seguido para su inclusión no había respetado determinados requisitos formales exigidos por la normativa administrativa.
Tras analizar el expediente, el tribunal ha concluido que efectivamente se produjo una irregularidad formal en el procedimiento, circunstancia que resulta suficiente para declarar la nulidad del acuerdo municipal en lo que respecta a dicho camino. En consecuencia, la Sala ordena dejar sin efecto la inclusión del mismo en el inventario.
Relevancia jurídica de la resolución
La sentencia pone de relieve la importancia de que las administraciones públicas respeten escrupulosamente las garantías procedimentales y los requisitos formales en la elaboración y modificación de los inventarios de bienes públicos. Aunque estos inventarios no tienen carácter declarativo, su contenido puede generar importantes efectos jurídicos y conflictos con particulares.
Desde el despacho Bernad Abogados destacan que el fallo confirma la necesidad de que los ayuntamientos tramiten estos procedimientos con pleno respeto a las normas administrativas, especialmente cuando afectan a bienes cuya titularidad o uso puede ser discutido.
Defensa eficaz frente a decisiones administrativas
Con esta resolución, el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura reconoce la solidez de los argumentos jurídicos planteados por el despacho, que logró demostrar la existencia de un vicio formal suficiente para anular la actuación administrativa.
La sentencia nº 155/2026 supone así un nuevo precedente en materia de control judicial de los actos administrativos relacionados con el inventario de bienes públicos, y refuerza el papel de la jurisdicción contencioso-administrativa como garantía frente a actuaciones administrativas que no se ajustan plenamente al procedimiento legalmente establecido.
